jueves, 3 de julio de 2008

El CONAPRED pidió al Congreso de Oaxaca que intervenga en el caso de Eufrosina Cruz Mendoza

Se pide que cese de inmediato cualquier presunto acto de discriminación en agravio de la contadora, que se respeten todos sus derechos previstos en los ordenamientos jurídicos nacionales e internacionales; se garantice su integridad psico-física; se le permita el ingreso y permanencia en su comunidad y que se tomen las acciones correspondientes para evitar cualquier tipo de represalias en su contra.


El Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (CONAPRED), solicitó a la Comisión Permanente de Asuntos Indígenas del Congreso de Oaxaca que, de ser procedente, se dicte un punto de acuerdo dirigido al gobernador de ese Estado, al Procurador General de Justicia, al Secretario de Protección Ciudadana, así como al Presidente Municipal de Santa María Quiegolani, para que garanticen la seguridad e integridad psico-física de la contadora Eufrosina Cruz Mendoza.

La petición forma parte de las nuevas medidas precautorias que el CONAPRED envió los días 24 y 25 de junio de 2008 a las autoridades del Estado de Oaxaca en favor de Cruz Mendoza, luego de que la institución tuviera conocimiento, a través de una nota periodística, que la contadora habría sido expulsada de su comunidad.

En esta nueva intervención el Consejo pidió también al gobernador del Estado Ulises Ruiz Ortiz, y al Presidente Municipal de Quiegolani, Eloy Mendoza Martìnez, que cese de inmediato cualquier presunto acto de discriminación en agravio de la contadora, que se respeten todos sus derechos previstos en los ordenamientos jurídicos nacionales e internacionales; se garantice su integridad psico-física; se le permita el ingreso y permanencia en su comunidad y que se tomen las acciones correspondientes para evitar cualquier tipo de represalias en su contra.

Caso emblemático
Durante las gestiones realizadas, el 30 de junio, la agraviada informó al CONAPRED que fue el mismo presidente municipal de Quiegolani, Eloy Mendoza Martínez, quien la expulsó de su comunidad; precisó que las medidas precautorias solicitadas por esta institución se encuentran vigentes, de tal forma que “cuando voy a mi comunidad voy acompañada de policías preventivos del Estado, por lo regular voy cada ocho días a visitar a mis papás, ya se me permite mi ingreso a Quiegolani sin ningún problema” comentó.

Si bien el Consejo reconoce la rápida intervención de las autoridades locales para atender las medidas precautorias solicitadas en favor de la contadora, manifiesta también su enorme preocupación por la persistencia de situaciones de riesgo que impiden a Cruz Mendoza gozar de su derecho al libre tránsito, y que la siguen convirtiendo en víctima de la discriminación. Es inconcebible que en un Estado de Derecho una mujer deba ingresar a su comunidad rodeada de medidas de seguridad.

Desde la perspectiva del Consejo, este es un caso paradigmático que refleja la gravedad de la discriminación que padecen las mujeres en nuestro país y al que continuará dando puntual seguimiento.

Medidas a favor de familiares y de quienes apoyan a Cruz Mendoza
Como parte de las medidas precautorias, enviadas entre los días 24 y 25 de junio, se solicitó al presidente municipal de Santa María Quiegolani se tomen las acciones correspondientes para evitar cualquier tipo de represalias en agravio de Cruz Mendoza y de sus familiares, así como de las personas que la apoyan en su lucha por la igualdad de género.

Igualmente se solicitó que a la presunta agraviada y a quienes la apoyan “no les sean negados los programas sociales a los que tengan derecho” y se prevean acciones tendentes “a evitar actos futuros de discriminación que afecten a cualquier persona” de Santa María Quiegolani.

Antecedentes del caso
El CONAPRED interviene en este asunto desde el 7 de diciembre de 2007, fecha en la que inició una reclamación de oficio pues consideró que la negativa que se le dio a Cruz Mendoza de ser votada para un cargo de elección popular “por causa de su sexo y preparación profesional” constituye un acto discriminatorio que impide el ejercicio de sus derechos e igualdad real de oportunidades.

Desde esa fecha, el CONAPRED, con base en el párrafo tercero, del artículo primero constitucional, que lo avala como órgano rector de la No discriminación en el país, envió comunicados al gobernador de Oaxaca, Ulises Ruiz Ortiz, al titular del Instituto Estatal Electoral de Oaxaca, José Luis Echeverría Morales y al Presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Oaxaca, Jaime Mario Pérez Jiménez, para que, en su calidad de autoridades competentes, prestaran toda la atención y el apoyo a la agraviada, necesarios para darle solución a su caso.

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